El ingreso mínimo vital 2026 garantiza hasta 733,60 € al mes a una persona que vive sola, es decir, 8.803,20 € al año. Si en el hogar conviven más personas o hay menores, la cantidad sube. En esta guía tienes los requisitos, las cuantías y cómo se pide, paso a paso.
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Está pensado para personas solas y familias con pocos ingresos y poco patrimonio que residen en España. No hace falta haber cotizado: lo que cuenta son los ingresos del año anterior, el patrimonio y quién vive en la casa.
Lo más fiable es comprobarlo en la web de la Seguridad Social, que tiene un simulador gratuito. Puedes entrar desde el botón de abajo y hacer allí la consulta o la solicitud.
Qué es el ingreso mínimo vital
El ingreso mínimo vital (IMV) es una prestación mensual que gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). No es una cantidad fija para todo el mundo. Completa lo que ya ingresa el hogar hasta llegar a una renta mínima garantizada.
Por ejemplo, si a una persona sola le corresponden 733,60 € al mes y ya ingresa 300 €, el IMV cubre la diferencia. Por eso dos hogares iguales pueden cobrar cantidades distintas.
Requisitos del ingreso mínimo vital en 2026
Estos son los requisitos generales que recoge la Seguridad Social. Hay excepciones para algunos casos, así que conviene revisarlas en el simulador.
- Edad: al menos 23 años. Hay excepciones, por ejemplo con hijos o menores a cargo, para quienes han estado tutelados y para víctimas de violencia de género o de trata.
- Residencia: residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante, al menos, el año anterior a la solicitud (con excepciones).
- Ingresos: que los ingresos medios mensuales del año anterior sean al menos 10 € inferiores a la renta garantizada que corresponde al hogar.
- Patrimonio: que el patrimonio neto, sin contar la vivienda habitual, no llegue a 26.409,60 € para una persona sola. El límite sube con el número de convivientes.
- Vida independiente: entre los 23 y los 29 años se pide haber vivido de forma independiente al menos dos años, salvo excepciones.
- Unidad de convivencia: si se pide para un hogar, debe estar constituida de forma continuada al menos durante los seis meses anteriores.
- Sociedades: no ser administrador de una sociedad mercantil que siga en activo.
El límite de patrimonio según el hogar
Para una persona sola el tope es 26.409,60 €. Para un adulto con un menor, o para dos adultos, la Seguridad Social fija 36.973,44 €. El cálculo excluye la vivienda habitual, pero sí cuentan ahorros, otros inmuebles y bienes.
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Cuánto se cobra del ingreso mínimo vital en 2026
La cuantía depende de cuántos adultos y menores forman el hogar. Esta es la renta garantizada de 2026 según la Seguridad Social. Recuerda que se cobra la diferencia entre esta cifra y lo que ya ingresa el hogar.
| Composición del hogar | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Un adulto | 733,60 € | 8.803,20 € |
| Dos adultos | 953,68 € | 11.444,16 € |
| Dos adultos y un menor, o tres adultos | 1.173,76 € | 14.085,12 € |
| Dos adultos y dos menores, o cuatro adultos | 1.393,84 € | 16.726,08 € |
| Dos adultos y más de dos menores, y otros casos | 1.613,92 € | 19.367,04 € |
Si la persona beneficiaria vive sola y tiene una discapacidad igual o superior al 65 %, la cuantía se incrementa un 22 %.
Hogares monoparentales
Cuando un solo adulto vive con menores a cargo, la Seguridad Social aplica una escala más alta:
| Hogar monoparental | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Un adulto y un menor | 1.115,07 € | 13.380,84 € |
| Un adulto y dos menores | 1.335,15 € | 16.021,80 € |
| Un adulto y tres menores | 1.555,23 € | 18.662,76 € |
| Un adulto y cuatro o más menores | 1.775,31 € | 21.303,72 € |
Además, con menores en casa puede sumarse el complemento de ayuda para la infancia: 115 € al mes por menor de 3 años, 80,50 € de 3 a 6 años y 57,50 € de 6 a 18 años.
Cómo solicitar el ingreso mínimo vital paso a paso
El trámite es gratuito y se hace directamente con la Seguridad Social. No necesitas intermediarios.
- Entra en imv.seg-social.es y usa el simulador para comprobar de forma orientativa si cumples los requisitos.
- Inicia la solicitud en ese mismo portal. También puedes presentarla por Registro electrónico en la sede de la Seguridad Social con certificado digital o Cl@ve.
- Rellena los datos de todas las personas que viven contigo. La solicitud la firman tú y los demás mayores de edad o emancipados del hogar.
- Adjunta la documentación que se indica al final del formulario. En la sede, cada envío admite hasta 10 MB; si no cabe, haz un segundo envío indicando el número de registro del primero.
- Guarda el código o número de registro. Con él puedes consultar cómo va tu solicitud.
Si vives en Euskadi, Navarra o Cataluña
En estas comunidades el trámite no se hace en el INSS. En Euskadi se gestiona en Lanbide; en Navarra, en las unidades de tramitación de servicios sociales, con cita previa; y en Cataluña, en las Oficinas de Atención Ciudadana de la Generalitat.
Documentación necesaria
La lista exacta depende de cada caso y la marca el propio formulario. Lo habitual es esto:
- Formulario de solicitud firmado por ti y por los mayores de edad del hogar.
- DNI, si eres español. Si eres extranjero, documento de identidad de tu país, TIE o pasaporte, y NIE si no consta en ellos.
- Certificado de empadronamiento y, si se pide, histórico y colectivo.
- Libro de familia o certificado del Registro Civil para acreditar quién forma el hogar.
- Documentos de tu situación concreta, si procede: pareja de hecho, separación o divorcio, víctima de violencia de género o de trata, certificado de servicios sociales o de discapacidad.
- Número de una cuenta bancaria de la que seas titular, en una entidad colaboradora de la Seguridad Social.
- Modelo normalizado de representación, si presentas la solicitud en nombre de otra persona.
Plazos y cuándo se cobra
El IMV se puede pedir en cualquier momento del año. No hay una convocatoria con fecha de cierre.
Si te lo reconocen, el derecho nace el día 1 del mes siguiente a la presentación de la solicitud. El INSS tiene un plazo máximo de seis meses para resolver. El pago es mensual, por transferencia a una cuenta de la que seas titular.
Compatibilidades con otros ingresos y ayudas
El IMV se puede compatibilizar con rentas del trabajo, dentro de los límites de la normativa. Trabajar no te excluye por sí solo, aunque esos ingresos se tienen en cuenta en el cálculo.
Si cobras una pensión, contributiva o no contributiva, o un subsidio, el IMV se reduce en esa cantidad. Las pensiones asistenciales son incompatibles con el IMV desde el 1 de enero de 2023. También es incompatible con la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 %, cuando coincide el mismo beneficiario.
Errores frecuentes al pedir el IMV
- Olvidar a algún conviviente. Hay que incluir a todas las personas empadronadas en el domicilio que formen la unidad de convivencia.
- Faltan firmas. La solicitud la deben firmar todos los mayores de edad o emancipados del hogar.
- Padrón desactualizado. Si el empadronamiento no refleja quién vive en casa, la solicitud puede atascarse.
- Calcular solo con los ingresos de este año. Se miran los ingresos y el patrimonio del año anterior.
- Cuenta de otra persona. La cuenta bancaria tiene que estar a nombre de quien solicita.
- Perder el número de registro. Sin él cuesta más seguir el estado de la solicitud.
Cómo evitar fraudes
Pedir el IMV es gratis. Nadie tiene que cobrarte por tramitarlo ni por «acelerar» la resolución, y el resultado no depende de pagar a nadie.
No des tus datos personales ni bancarios por SMS, WhatsApp o llamadas que no has pedido. Comprueba siempre que estás en una dirección de la Seguridad Social, como imv.seg-social.es o sede.seg-social.gob.es, antes de escribir nada.
Otras ayudas relacionadas
Si hay menores en casa, revisa también el complemento de ayuda para la infancia en 2026, que se puede pedir aunque no se cobre el IMV. Para madres con hijos pequeños existe la deducción por maternidad de 100 € al mes.
Cobrar el IMV es uno de los requisitos que dan acceso al bono social eléctrico, con descuentos en la factura de la luz. Y si quieres ver el resto de opciones, tienes el listado completo de ayudas sociales en España.
Preguntas frecuentes
¿Se puede cobrar el ingreso mínimo vital trabajando?
Sí, es compatible con rentas del trabajo dentro de los límites de la normativa. Lo que ganes se tiene en cuenta para calcular cuánto te corresponde.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
El INSS tiene un plazo máximo de seis meses para resolver. Si se reconoce, el derecho cuenta desde el día 1 del mes siguiente a la solicitud.
¿Hay un plazo para pedirlo?
No. El ingreso mínimo vital se puede solicitar en cualquier momento del año.
¿Cuenta la vivienda habitual en el patrimonio?
No. El límite de patrimonio neto, 26.409,60 € para una persona sola en 2026, se calcula sin incluir la vivienda habitual.
¿Se puede pedir con menos de 23 años?
En algunos casos, sí. Hay excepciones, por ejemplo con hijos o menores a cargo, para quienes han estado tutelados y para víctimas de violencia de género o de trata.
¿Cuál es la cuantía máxima en 2026?
En la escala general, 1.613,92 € al mes. En hogares monoparentales con cuatro o más menores llega a 1.775,31 € al mes, a lo que puede sumarse el complemento de ayuda para la infancia.
Fuentes
- Seguridad Social: Ingreso Mínimo Vital, requisitos y cuantías
- Portal del Ingreso Mínimo Vital: simulador y solicitud
- Sede electrónica de la Seguridad Social: solicitud del IMV
- Imserso: resumen de cuantías 2026 (PDF)
Otras ayudas que puedes consultar
- Bono social eléctrico 2026: descuento del 42,5 % o 57,5 % en tu factura de la luz
- Complemento de ayuda para la infancia 2026: hasta 115 € al mes por hijo
- Deducción por maternidad 100 euros en 2026: hasta 1.200 € al año por hijo menor de 3 años
Todas las ayudas que se pueden pedir ahora en Ayudas sociales en España 2026.




